¿Es obligatorio un seguro para la comunidad en Madrid?

Sí, en la Comunidad de Madrid es obligatorio contratar un seguro para las comunidades de propietarios.

Según la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la calidad de la edificación “todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros».

Se trata de una exigencia que afecta tanto a todos los edificios nuevos como a los que se reformen o rehabiliten a partir de 1999. No tener contratados estas coberturas supone una infracción muy grave.

Calcula aquí el seguro obligatorio para tu comunidad

Calcularemos el seguro obligatorio para tu comunidad de vecinos en la Comunidadad de Madrid con unas coberturas básicas que se adecuen a las características del edificio y sus servicios. Te explicaremos las coberturas que te pueden interesar y otros aspectos incluyen en el precio con la ayuda de un agente especializado.

    He leído y acepto las condiciones legales.