¿Cubren los seguros de la comunidad las caídas?

Si se produce una caída en una zona comunitaria, hay que tener en cuenta varios factores para determinar de quién es la responsabilidad.

La responsabilidad de la Comunidad de propietarios por una caída en elementos comunes (pasillos, escaleras, portal, etc.) puede ser declarada (según el artículo 1902 del Código Civil) si la persona perjudicada puede acreditar que las lesiones producidas se debieron a una omisión de las medidas de mantenimiento, cuidado o precaución exigibles a la Comunidad.

Por ejemplo, si las escaleras estaban mojadas y no había un cartel indicativo o, en otro ejemplo, si había una falta de iluminación que la Comunidad debía haber corregido.

Si la caída y el daño se produce como consecuencia de los riesgos generales de la vida, como un tropezón en un escalón normal o un golpe con un bordillo natural, no procede la declaración de responsabilidad de la comunidad.

En cualquier caso, un seguro de Responsabilidad Civil puede hacerse cargo de la indemnización si se demuestra la responsabilidad de la comunidad en el accidente o la caída.

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